Requisitos para contratar con el Estado en Colombia

Video Requisitos para contratar con el Estado en Colombia

La pregunta con la que casi todo el mundo llega es «¿yo califico para esto?». La respuesta corta es que sí: la ley no le pide tamaño mínimo, ni años de constituido, ni un capital determinado para presentarse a un proceso público. Le pide tres cosas y hay que poder demostrarlas: que usted existe legalmente, que está al día con sus obligaciones, y que no cae en ninguna prohibición.

En esta lección vamos a ver esas tres cosas en el orden real en que se las van a pedir. Quién puede contratar según la Ley 80 (incluida la trampa de la duración de la sociedad, que deja por fuera a más de una SAS constituida a término fijo), qué carpeta de documentos aparece en casi todos los pliegos, qué significa exactamente estar al día en seguridad social y parafiscales, y cuáles inhabilidades pesan de verdad en la vida de una empresa pequeña.

También vamos a separar dos cosas que se confunden todo el tiempo: los requisitos habilitantes, que son de cumple o no cumple y no dan puntaje, y los factores que sí deciden quién gana. Ahí es donde muchas empresas gastan esfuerzo de más. Y vamos a mirar dos ventajas que existen y casi nadie reclama: la limitación de procesos a mipymes y el puntaje adicional por vincular personas con discapacidad que trajo el Decreto 287 de 2026.

Al terminar debería poder abrir un pliego, ir directo al capítulo de requisitos y decidir en pocos minutos si su empresa alcanza a presentarse o si le falta algo que se puede conseguir a tiempo.

Basado en la guía Requisitos para contratar con el Estado en Colombia.

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